domingo, 23 de septiembre de 2012


Declaracion de los derechos del paciente, Asociacion de hospitales

·         Conocer información importante de su salud: Usted tiene derecho de saber y comprender completamente la información acerca de su plan de cuidados de salud y de sus médicos. Se le dará a conocer las reglas de su plan y las condiciónes cubiertas en su plan. Se le presentará a su médico, cuanto tiempo lleva trabajando y cuál es su área de especialidad. Si usted habla otro idioma o no entiende algo, dígaselo al personal médico y ellos lo ayudarán.
·         Elija su plan de cuidados de salud: Usted tiene derecho a escoger su plan de cuidados de salud y el personal médico que considere el adecuado para usted. También puede elegir cuál plan de cuidados de salud es el que mejor cubre examenes y tratamientos para su condición. Puede preguntar el costo del plan de salud y sus formás de pago.
·         Acceder a un tratamiento de urgencia: Usted tiene derecho de acceder a los servicios de urgencias cuando y donde lo necesite. Puede obtener ayuda si tiene una lesión o enfermedad que lo ponga en peligro. También puede obtener ayuda si tiene una condición que piense que puede empeorar si no se atiende rápidamente.
·         Ser tratado con respeto y no ser discriminado: Usted tiene el derecho de ser tratado con respeto por todo el personal médico. No debe ser tratado de diferente manera debido al color de su piel, raza u otras cosas.
·         Escoger servicios de salud:
o    Usted tiene derecho a entender todo acerca de su salud, condición y de los tratamientos disponibles. Esto incluye saber de algunos examenes y tratamientos y qué puede sucederle si se trata o si no se trata. Su médico le explicará cada tratamiento y sus riesgos, beneficios y costos. El contestará las preguntas que tenga y entonces usted será libre de escoger el tratamiento que considere que es el mejor. También puede rechazar el tratamiento. Si usted no es físicamente capaz de tomar decisiones, su médico podrá preguntar a su familia para ayudarlo.

·         Quejas: Usted tiene derecho a una revisión justa, rápida y cuidadosa de las quejas que tenga. Las quejas pueden ser contra su proveedor de salud, personal médico, servicios de salud y su personal.
·         Privacidad en la información de salud: Usted tiene derecho de hablar con su médico en privado y que su información se mantenga en secreto. Cualquier cosa que usted hable solo será entre usted, su médico y cualquier persona que usted quiera que escuche. No se dará información a ninguna persona excepto en ciertos casos, como cuando está en peligro su salud o la de otros. En este caso la información que se dé será a personas seleccionadas, como a la policía. Tiene derecho de ver y obtener una copia de su registro médico. También puede decirle al personal médico si usted piensa que su registro está equivocado.


1. El paciente tiene derecho a que se le atienda con consideración y respeto.
2. El paciente tiene derecho a obtener de su médico toda la información disponible relacionada con su diagnóstico, tratamiento y pronóstico, en términos razonablemente comprensibles para él. Cuando médicamente no sea aconsejable comunicar esos datos al paciente, habrá de suministrarse dicha información a una persona adecuada que lo represente. El paciente tiene derecho a saber el nombre completo del médico responsable de coordinar su atención
3. El paciente tiene derecho a que su médico le comunique todo lo necesario para que pueda dar su consentimiento informado previamente a la aplicación de cualquier procedimiento o tratamiento.
4. El paciente tiene derecho a rechazar el tratamiento en la medida que lo permita la ley. También tiene derecho a ser informado de las consecuencias médicas de su acción.
5. El paciente tiene derecho a que se tenga en cuenta su intimidad en relación a su propio programa de atención. La discusión del caso, las consultas, las exploraciones y el tratamiento son confidenciales y debe de conducirse con discreción. Quienes no estén directamente implicados en su atención, deben tener autorización del paciente para estar presentes.
6. El paciente tiene derecho a que todas las comunicaciones y registros relativos a su atención sean tratados confidencialmente.
7. El paciente tiene derecho a esperar que un hospital, de acuerdo con su capacidad, le dé una respuesta razonable a su petición de servicios. El hospital debe brindar una evaluación, un servicio, o la remisión a otra institución, según lo indique la urgencia del caso.
8. El paciente tiene derecho a obtener información de cualquier relación de su hospital con otros centros sanitarios o instituciones educativas en todo lo que pueda estar relacionado con su atención. El paciente tiene derecho a que se le informe sobre la existencia de cualquier relación profesional entre personas que lo estén tratando y tiene derecho a conocer los nombres completos de estas personas.
9. El paciente tiene derecho a ser advertido en caso de que el hospital se proponga realizar experimentación humana que afecte su atención o tratamiento. El paciente tiene derecho a rechazar su participación en dichos proyectos de investigación.
http://www.youtube.com/watch?v=hpVAEmR8Oio

REQUISITOS PARA PROPORCIONAR UNA ATENCIÓN DE SALUD DE OPTIMA CALIDAD

Para proporcionar salud a la sociedad salud de optima calidad se debe seguir una serie de instrucciones para asi poderle proporcionar salu de buena calidad.

En este servicio se realizara las acciones medico preventivas y de educación higienica para contribuir a que los niños se mantengan en condiciones optimas de salud,para la cual requiere el local de promoción y fomento de la salud.

Para este servicio se establece los requisitos para brindarle a la comunidad un servicio de salud de optima calidad.

Área de circulación: los espacios deben ser adecuados que le permiten el desplazamiento físico de los usuarios en las instalaciones, Escaleras de emergencia en edificaciones de más de tres (3) pisos. Entradas y salidas, internas y externas que serán localizadas con el menor número de barreras,Usuarios hospitalizados y ambulatorios, funcionarios y público en general.

CAPACIDAD INSTALADA: el numero de lugares destinadas para la prestación del servicio

ENSAMBLE DE ALIMENTOS:

Preparar los alimentos para los pacientes hospitalizados solicitados por el Área de Nutrición, en tiempo, calidad y eficiencia conforme a las normas de higiene e indicaciones específicas.

 

FUSIÓN DE SALAS DE ATENCIÓN: agrupar los diferentes rangos de edad que tienen afinidad en su proceso de desarrollo.

 

LOCAL: es un espacio destinado a un servicio

 

LOCAL ABIERTO: espacio que no requiere delimitarse con puerta.

 

LOCAL CERRADO: es un área destinada para un servicio determinado y que requiere contar con privacidad.

 

PATIO DE SERVICIO: es un espacio para ser utilizado por el personal de salud para realizar actividades enfocadas a los servicios generales.

 

ADMINISTRACIÓN:A través de este servicio se solicitarán, recibirán y controlarán los recursos humanos ymateriales necesarios para el óptimo funcionamiento de la del servicio de salud; estará compuesto por

vestíbulo principal, recepción y control, dirección y sala de juntas.

 

RECEPCIÓN Y CONTROl: Este local deberá ubicarse en planta baja del inmueble, inmediato al vestíbulo principal.

 

DIRECCIÓN: Este local deberá estar cerrado y, en lo posible, contará con visibilidad. Preferentemente se ubicará de forma inmediata al vestíbulo principal, por ser un área de trabajo administrativo así como de atención al público.

 

PERSONAL DE SALUD: responsabilidad,trabajo en equipo, colaboración, integridad, sensibilidad.

 

SALA DE ATENCION: En estos locales los menores permanecerán la mayor parte del tiempo debido a que en estos

espacios se realizan las actividades inherentes al programa educativo y asistencial.

 

 

 

 

 






 

 

 

 

 

 


         Atributos y  cualidades del personal de salud


El personal de salud debe tener como atributo la paciencia  es la actitud que lleva al ser humano a poder soportar cualquier contratiempo y/o dificultad.
Es una cualidad muy relevante en una enfermera ya que si no existe la presencia de ella la enfermera no podrá brindar un cuidado con cariño.
También tiene cualidades como la Capacidad de soportar algo sin alterarse.
Capacidad para hacer cosas pesadas o minuciosas.
Lentitud para hacer algo.
Capacidad de comprensión por otras formas de ser, pensar y actuar.
 Aceptar al otro en su diferencia. Que tenga respeto hacia a los demás.
El ser personal de salud es una cualidad y atributo muy hermoso algo que se trae desde chico una vocación   .
La vocación de enfermera no basta el interés, hace falta voluntad.
 El ser enfermera implica ser mas humana esto permite ayudar a los pacientes a mitigar el dolor, no únicamente con medicinas, sino con palabras de aliento y una actitud positiva.
  La vocación de enfermera ayuda a entender a la persona como seres holísticos, que no solo requieren de la ciencia para salir adelante  en sus problemas de salud, sino también de la ayuda moral  d otras personas para superarlos.
Un personal de salud debe ser ideal ante todo debe   tener vocación por la profesión que llevará a cabo, tener el sentido de servicio para con los demás, inspirar confianza, tener veracidad y discreción las cuales se completan una con la otra.
En la actualidad una gran mayoría de enfermos se encuentran con una gran barrera cuando se trata de elegir libremente a su médico debido a la necesidad de la socialización de la medicina y de las aseguradoras que han puesto al paciente en la situación de aceptar el médico que le ofrecen y no al que él conoce. Esto perturba la relación normal entre médico y paciente.
El enfermo es persona, y la enfermedad es un estado que viene a afectar su ser personal. El médico también es persona, y se aboca a una relación personal con su paciente en el que debe reconocer derechos que jamás deben prescribir, tales como: El derecho a la vida y a la integridad física, a ser protegido de lo que pueda amenazar su salud, y a los cuidados para conservarla. La salud del enfermo es para el médico un bien a conseguir, y en ese empeño su actividad se personaliza en la explícita referencia de la persona de su paciente.
Para poder establecer una buena relación médico-paciente, el médico debe de tener determinadas cualidades:
• Ante todo debe ser un auténtico amigo de la humanidad, con una gran capacidad para la compasión y una disposición pronta para servir. Los egoístas, los calculadores, no tienen lugar dentro de la profesión médica.
• Debe ser un hombre o mujer de ciencia constantemente renovada. " No se concibe a un hombre que se consagre a la medicina para engañar con ella, para simular servicios que no valen. Se es médico para salvar enfermos, para ayudarlos cuando menos. Y no es la ignorancia al que ayuda, es el saber. Esa es la obligación si ha de ser un médico honrado y no mercader".
• Junto a la ciencia, necesita poseer una adecuada habilidad profesional, es decir la capacidad para aplicar los conocimientos que posee a los casos particulares que se le presenten.
• Cuidadoso de la dignidad profesional, que implica, en primer lugar un verdadero respeto de sí mismo. Debe evitar toda vida de escándalo o licencia, alejando así toda sospecha que pudiera recaer sobre su persona.
• Debe de poseer un buen espíritu de observación. Observar es fijar la atención sobre una cosa con el propósito de percibirla tal y como se presenta.

• Saber percibir los fenómenos anormales que se presentan, relacionarlos con el elemento anatómico y fisiológico y así determinar un diagnóstico correcto.
• Por las características propias de la profesión, en la que existen llamadas urgentes, situaciones imprevistas, irregularidad en las comidas y descanso, el médico debe estar en posesión de un organismo sano.
 Así y según Arnau de Vilanova, médico español del siglo XIII, en una de sus obras que publicó ("De la Práctica Médica y de la Prudencia de los médicos"). Afirma de la forma de actuar de un médico honesto y prudente:
El médico debe ser estudioso, para saber.
Debe ser cauto y ordenad en el prescribir
Prudente en sus respuestas y pronósticos
Fiel en sus promesas, pero no asegure la salud porque ello
Sería usurpar el poder de Dios y ofenderlo, Constante y diligente, Discreto en las visitas, Parco en el hablar
Moderado en sus afectos y benévolo con los pacientes.

Declaración de Lisboa de la asociación médica mundial sobre los derechos del paciente.

Adoptada por la 34asamblea médica mundial Lisboa, Portugal, entre septiembre-octubre de 1981 y enmendada por la 47ª Asamblea general de Bali, indonesia en septiembre de 1995 y revisada su redacción en la 171ª sesión del Consejo, Santiago, Chile, en octubre del 2005.

Fue creada para garantizar la autonomía y justicia de los pacientes. Dicha declaración contiene los principales derechos de los pacientes y que por lo tanto todos los médicos, personas u organismos que prestan servicios de salud y atención médica deben reconocer y respetar.

Estos derechos no deben ser transgredidos y en caso de esto suceda los médicos deben asegurar y restablecerlos.

Principios:

1.- Derecho a la atención médica:
Habla sobre los derechos del paciente de tener una atención medica apropiada, de calidad y sin ninguna clase de discriminación, a ser atendidos por médicos que trabajen bajo su propia autonomía y sin interferencia de terceros; a que respeten sus intereses.

Tiene derecho de que su enfermedad y tratamiento lleven un seguimiento continuo cuando sea necesario.

2.-Derecho a la libertad de elección:
El paciente tiene derecho libre a cambiar de medico, de hospital o institución de servicio de salud, así como de solicitar segundas opiniones de otros médicos cuando lo desee.

3.- Derecho a la autodeterminación:
El paciente tiene derecho a tomar decisiones sobre su persona, tiene derecho a dar o negar su consentimiento para cualquier examen o terapia, siempre el cuando el paciente sea adulto y este mentalmente competente. El medico tiene la obligación de informar al paciente sobre las consecuencias de sus decisiones.

Tiene derecho a negarse ante cualquier práctica o tipo de investigación medica.

4.- El paciente inconsciente:
Este debe obtener el consentimiento de un representante legal, si es posible y cuando se legalmente pertinente.

Si es necesaria la intervención medica y no se dispone de representante legal  se debe suponer el consentimiento del paciente, siempre y cuando no haya duda de lo que anteriormente el paciente haya expresado y que la intervención que sea necesaria no sea motivo de rechazo por el paciente.

5.- El paciente legalmente incapacitado:
Es necesario el consentimiento de un representante legal,  cuando sea legalmente necesario. 

El paciente puede participar en las tomas de decisiones de acuerdo a sus capacidades. Si el paciente es capaz de tomar decisiones por si mismo, estas deben ser respetadas.

En caso de que el representante niegue una intervención necesaria para el paciente, el medico puede apelar la decisión ante la institución pertinente y en caso de emergencia el  puede decidir lo que es mejor para el paciente.

6.- Procedimientos contra la voluntad del paciente:
El diagnostico o tratamiento puede realizarse contra la voluntad del paciente solo en caso excepcional y solo si es autorizado por la ley y siguen a los principios de la ética médica.

7.- Derecho a la información:
El derecho a recibir información sobre el estado de salud es solo y únicamente personal. La información registrada en el historial médico y el paciente tiene derecho a recibir información sobre su salud y los aspectos médicos de su condición.

Solo puede negarle la información cuando exista una buena razón para creer que dicha información pueda ser peligro para su vida y salud.

Tiene derecho a que la información se le presente según su cultura y que este sea capaz de entenderlo.

La información puede serle otorgada a terceros siempre y cuando el paciente así lo permita.

8.- Derecho al secreto:
La información del paciente no se le puede entregar a nadie más y debe mantenerse en secreto incluso hasta su muerte, y solo sus descendientes pueden tener derecho a cierta información que pueda prevenirles riesgos a su salud (enfermedades hereditarias).

También puede ser revelada la información cuando el paciente da su consentimiento o cuando sea legalmente exigido.

9.- Derecho a la educación sobre la salud:
Las personas tiene derecho a recibir educación de salud buena y completa, ya que esta les puede ayudar a tomar decisiones sobre su salud personal y sobre los servicios de salud disponibles.

10.- Derecho a la dignidad:
El paciente tiene derecho a un trato digno y al respeto de su vida privada.
Tiene derecho a un atención terminal humana y a una muerte digna y con el mínimo de dolor que sea posible.

11.- Derecho a la asistencia religiosa:
El paciente tiene derecho a recibir o rechazar asistencia espiritual y moral, inclusive la un representante de su religión.
 BONITA FRASE : "El médico competente, antes de dar una medicina a su paciente, se familiariza no sólo con la enfermedad que desea curar, sino también con los hábitos y la constitución del enfermo."

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE SALUD


DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PERSONAL DE SALUD

La importancia que tiene  hoy en día los derechos  humanos, es que tiene que ser un servicio accesible  y de un lenguaje  protegido ético pero sobre todo que sea  un derecho  para todos los prestadores de este servicio, Todas las personas en relación con el sistema de salud tienen los siguientes derechos:

Derecho a la atención apropiada y accesible. Toda persona tiene el derecho a un mínimo nivel de atención sanitaria que satisfaga sus necesidades básicas, en un marco de respeto del resto de los miembros de su comunidad, asegurando la equidad en el acceso de los servicios de la salud y justicia distributiva en la asignación de los recursos. Este derecho debe hacerse efectivo, respecto de los servicios esenciales definidos previamente, aún en situaciones de conflictos laborales.

Derecho a no ser discriminados. El sistema de salud debe establecer programas de cobertura o alcance universal, dirigidos a toda la población, a excepción de los programas específicos, que si bien cubren a grupos de riesgo, no debe haber discriminación por razones raciales, económicas, culturales profesionales, políticas, nacionalidades, etc.

Derecho al acceso a la información. Es fundamental para que el paciente desempeñe un papel activo en la atención de la salud, contar con la información los servicios sanitarios a que puede acceder y sobre los requisitos necesarios para su uso, así como sobre su situación de salud. A esos efectos, la información se le debe presentar clara, concisa, sencilla, accesible sobre: diagnóstico, estado de salud, alternativas de curación, duración, resultados esperables, en un diálogo entre las partes que facilite la adopción de decisiones por parte del paciente.

Debe garantizarse al paciente que en la obtención del servicio no sacrificará derechos esenciales a su dignidad como ser humano, ya que se trata de una derivación del derecho a la autodeterminación sobre el propio cuerpo. Este derecho comprende el de solicitar, recibir y difundir información e ideas acerca de las cuestiones relacionadas con su salud. No obstante, todo el acceso a la información no debe menoscabar el derecho de que los datos personales relativos a la salud sean tratados con confidencialidad. Este derecho incluye el derecho del paciente de acceder a la información de su historia clínica, donde conste por escrito y certificado por sus profesionales tratantes y miembros del equipo de salud, todos los datos relativos a su situación de salud, motivo de consultas, antecedentes, diagnósticos principales y secundarios, terapéuticas, evolución, altas de internación y seguimientos. Cuando el paciente lo requiera debe extendérsele una copia de su historia clínica certificada o de su epicrisis.

Derecho a la confidencialidad de toda la información relacionada con su proceso y con su estancia en instituciones sanitarias públicas y privadas.

Derecho a escoger un doctor u otro profesional de la salud y un establecimiento de atención de salud. Entiéndase a este derecho como aquel que da la posibilidad al paciente de optar por un profesional dentro del subsector al que pertenece, en la medida en que exista tal posibilidad de opciones, y por ende, tiene disponibilidad de servicios de acuerdo con las condiciones contempladas en esta en las disposiciones que se dicten para su desarrollo y en las que regule el trabajo sanitario en los centros de Salud. Cuando la disponibilidad es escasa, se dará por cumplido como obligación del Estado con la sola asignación de un médico, cuyo nombre se le dará a conocer, que será su interlocutor principal con el equipo asistencial. En caso de ausencia, otro facultativo del equipo asumirá tal responsabilidad.

Derecho al consentimiento informado. Debe ser recabado el consentimiento del paciente previo informe acerca de su situación de salud, diagnóstico, tratamiento, riegos y ventajas del mismo, como práctica sistemática y por escrito en los casos de transplante, operaciones mutilantes o situaciones que pudieran presentarse por las características del tratamiento que demanden documentar el derecho de autodeterminación del paciente o en los casos de pacientes incapaces, de sus representantes legales. Este requisito se cumplimenta, según la importancia del tratamiento a instituir, con un formulario de consentimiento informado que en todos los casos debe estar precedido de diálogo concertado entre el profesional tratante y el paciente para estimular una razonada decisión por parte de este último. Ello, salvo los casos de urgencia o de incapaces en que podrá requerírsele a un familiar y/o cónyuge o representante legal.

Derechos reproductivos. Este derecho involucra el de acceso a la información, educación, métodos anticonceptivos y prestaciones que lo efectivicen.

Derecho a ser advertido de si los procedimientos de pronóstico, diagnóstico y terapéuticos que se le apliquen pueden ser utilizados en función de un proyecto docente o de investigación. Tal inclusión en ningún caso, agregará peligro adicional para su salud. En todo caso será imprescindible la previa autorización del paciente.

Derecho a reclamar y sugerir. Toda persona esta facultada a utilizar las vías de reclamación y de propuesta de sugerencias. En uno u otro caso deberá recibir respuesta por escrito en los plazos que reglamentariamente se autorizan.

Obligaciones: 

En muchos casos  los servicios médicos tienen como derecho  y obligaciones  prestar  un servicio medico  conforme a  los derechos  de nuestro país.
Este tema es muy interesante por que habla acerca de la naturaleza laboral, pues ya que trata de un derecho  a profecionalistas pero sobre todo a sus obligaciones y en si también abarca al técnico  quienes son responsables de la tutela directa del derecho a la protección de la salud.
Es importante entender que todos los seres humanos  nacemos  iguales en dignidad y en derecho  y que también estos son morales inalienables e inherentes  a todos los seres humanos  que es un conjunto de prerrogativas y obligaciones que corresponden a un grupo de sujetos  ya sean técnicos, auxiliares, especialistas, que se dedican a proteger la salud.
Así como es importante comprender que debemos  dedicarnos a nuestra  protección de manera libre he ilícita  y jamás ser privados de la libertad  a un trabajo, útil, digno y sociable.
Todas las personas en relación con el sistema de salud tienen las siguientes obligaciones:

A velar por la conservación y recuperación de la salud personal, familiar y de la comunidad. Ello involucra el deber de la persona y su familia a cumplir con las obligaciones vinculadas a su autocuidado así como a cumplir con las disposiciones legales, reglamentos, resoluciones, disposiciones que las autoridades públicas, adopten en su beneficio o el de la comunidad en su conjunto.

A tener el debido cuidado en el uso de las instalaciones de salud. Ello comprende el contribuir al cuidado físico, mantenimiento y cumplimiento de las normas de orden y disciplina de los establecimientos de salud.

•A prestar información veraz sobre su situación de salud o datos personales.

A suscribir la documentación correspondiente al alta voluntaria y rubricar el consentimiento. Ello involucra la obligación de rubricar la historia clínica, el alta voluntario y/o el rechazo de toda indicación diagnóstica y/o terapéutica.

A respetar la libertad de conciencia y dignidad e integridad de los integrantes de los servicios de salud.

Cumplir las prescripciones generales de naturaleza sanitaria: tanto las comunes a toda la población, así como las especificas determinadas por los servicios sanitarios.

Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones ofrecidas por el sistema sanitario. En especial, en lo que se refiere a la utilización de servicios, procedimientos de baja laboral o incapacidad permanente y prestaciones terapéuticas y sociales.

  •  Hacer uso de los recursos, prestaciones y derechos de acuerdo con sus necesidades de salud y en función de los recursos y disponibilidad del sistema sanitario, para facilitar el acceso a todos los pacientes a la atención sanitaria en condiciones de igualdad.
  •  Responsabilizarse del uso adecuado de las prestaciones sanitaria. 
  • Mantener el respeto debido a las normas establecidas y al personal que presta servicios.
  •  Firmar el documento pertinente en el caso de negarse a las actuaciones sanitarias propuestas. 
  • Aceptar el alta una vez se haya acabado el proceso asistencial que el centro o la unidad le puede ofrece. 
  • Utilizar y tener cuidado de manera responsable del material y de las instalaciones del centro.