martes, 30 de octubre de 2012


Generalidades del proceso salud enfermedad

Desde tiempos remotos como lo marca la historia el proceso salud enfermedad a sufrido una serie de transiciones a medida que el hombre lo ha concebido dentro de su entorno.

Salud y enfermedad son categorías fundamentales para todas las ramas de las ciencias médicas, a las que se han dado innumerables definiciones, el desarrollo de otras ramas de las ciencias sociales, que trae consigo una contribución a la mejor comprensión y operacionalización de los elementos no biológicos de salud-enfermedad, determinación social de salud desde entonces ha significado la comprensión de dicho proceso en condiciones concretas, que sobrepasan la biología humana y que abarcan desde la sociedad como un todo hasta el individuo como se expresa actualmente

La interrelación salud-enfermedad a lo largo de la historia de la humanidad ha estado vinculado indisolublemente al grado alcanzado en el desarrollo del conocimiento científico y a las concepciones ideológicas propias de cada formación socioeconómica.

el hombre tuvo que enfrentar la crudeza del medio y sus agresiones. Las inclemencias del tiempo, los animales salvajes y las epidemias, La ignorancia impulsa a creer fantasías sobre fenómenos que incluyen las enfermedades, en lo cual predomina un pensamiento místico-mágico sobre la salud y la enfermedad

durante el Esclavismo produjo cambios significativos en las concepciones de salud-enfermedad. El materialismo y el idealismo se enfrentan no solo como posiciones filosóficas, también como enfoques que buscaban la explicación a las enfermedades para curarlas.

Salud y enfermedad, un par de categorías contradictorias en la unidad dialéctica, forman parte de un proceso continuo y móvil, que refleja el grado de adaptación del hombre como ser biosocial, a las condiciones biológicas y sociales del medio, El proceso salud-enfermedad encuentra su expresión concreta en la salud de la sociedad o en el estado de salud de la población y en la salud del hombre como persona

La determinación social se produce en diferentes niveles según Pérez Lovelle en su libro La Psiquis en la Determinación de la Salud, conceptualiza tres niveles de salud. Ellos son:

1.    Nivel macrosocial, que relaciona la formación socioeconómica como un todo, y el estado de salud de la población en general.

2.    Nivel general, que relaciona el modo de vida y las condiciones de vida de determinado grupo por su estado de salud.

3.    Nivel individual, que relaciona el estilo de vida individual con las condiciones de vida individuales y el estado de salud.

 

 

 

 

 

 








 

 

Proceder ante un paciente incompetente


La voluntad previa del paciente ante situaciones determinadas que pudieran ocurrirle al menos de forma escrita, es infrecuente en nuestro medio, pero en caso de que existiera debiera respetarse, En cuanto al juicio sustituto es aquél que el médico busca en la familia o allegados sobre si existía alguna preferencia o decisión previa del paciente sobre la situación en la que se encuentra, también puede suceder que el paciente se lo haya expresado a su médico antes de caer en su estado actual. Pero siempre la decisión que se tome en base a ello será una decisión cuestionable y con mucho de subjetivismo. En mi opinión, cuando esto ocurre, lo mejor es tomar una decisión basada en los mejores intereses para el paciente. Esto significa que se hará lo que se considere o determine lo que es mejor para la evolución del paciente, tanto desde el punto de vista objetivo y subjetivo y sin considerar los intereses del paciente en caso de que existieran. En esta situación siempre debe existir un consenso con los familiares para evitar conflictos. En los casos en que no existiera acuerdo entre médicos y familiares, entonces el problema pudiera consultarse en el comité de ética del hospital. Si bien esto último es factible, a veces en terapia intensiva surgen situaciones en la que esto es imposible como veremos más adelante.


En un paciente incompetente, la decisión corresponde a la familia, a un representante o sustituto o al médico.
Los familiares están usualmente preocupados por los intereses del paciente, son habitualmente conscientes de sus valores y objetivos vitales y generalmente están movidos por el amor hacia el paciente. Sin embargo, la idea de familia es demasiado amplia, por lo que el médico tiene la responsabilidad de identificar a aquellos familiares que realmente muestren conocimiento y preocupación por el paciente. Habitualmente, para los adultos, el familiar corresponde al esposo o esposa y en el caso de los niños, al padre y a la madre.
El rechazo de padres Testigos de Jehová a una transfusión sanguínea para sus hijos menores de edad, plantea al médico el problema de tomar una decisión adecuada pensando en el mejor de los intereses de su paciente incompetente, que es el niño. Si fuera verdad que los padres pueden elegir cualquier cosa para sus hijos, no existiría un fundamente objetivo para validar éticamente la realización de una transfusión, a pesar del rechazo de los padres.

domingo, 28 de octubre de 2012

Aplicar una directiva anticipada.


Aplicar una directiva anticipada.

Cuando el paciente sea incompetente, la ley 41/2002 estipula que, además de informarle de un modo adecuado a sus posibilidades de comprensión, se deberá informar a su representante legal. En la práctica habitual, esa función suele corresponder a un miembro de la familia.

A la hora de conocer los valores del enfermo incompetente, tanto la Ley 41/2002 como las diferentes leyes promulgadas en distintas Comunidades Autónomas contemplan las Voluntades Anticipadas (VA) o Instrucciones Previas (IP).

Voluntades Anticipadas o Instrucciones Previas.

Las VA o IP son un conjunto de instrucciones a través de las cuales una persona, previendo la posibilidad de perder en el futuro sus capacidades mentales, indica al médico o equipo sanitario cómo desearía ser tratada.

A través de un documento firmado (ante notario, ante un funcionario público, o ante tres testigos no vinculados con la persona por matrimonio, unión libre o pareja de hecho, parentesco hasta el segundo grado o relación patrimonial), las personas dejan constancia de los tratamientos que les gustaría recibir o no, y designan un representante, que será el interlocutor válido con el equipo sanitario y que estará facultado para interpretar sus valores e instrucciones. Las VA o IP se pueden modificar, sustituir o revocar en cualquier momento.

Cuando se trata de enfermos sin familia y de los que no se dispone de ningún documento de VA o de ninguna directriz oral previa, el criterio que se adopta para tomar las decisiones en el paciente incompetente es el denominado mejor interés, que viene determinado por el resultado de analizar riesgos y beneficios, según los criterios de buena práctica clínica de la comunidad cientifica médica y lo que la sociedad considera que es lo mejor en ese momento. 


Identificar sustituto del paciente incompetente.


Identificar sustituto del paciente incompetente.


Competencia, en un termino legal, es utilizado para referirse a la aptitud para tomar decisiones en genera (no sólo para tomar decisiones médicas). Se asume que una persona es competente a menos que haya sido determinado lo contrario por una corte legal.

Un paciente incompetente, seria aquel que ya no es capaz de comprender información y de tomar las decisiones relativas, entendiéndose esta como una capacidad cognitiva total.

Un aspecto que debe ser evaluado, obviamente, es la capacidad del paciente para tomar decisiones médicas con respecto al cuidado de su propia salud.

La intervención legal a través de una corte, esta indicado, en algunas situaciones, para evaluar si el sujeto es capaz de llevar a cabo las decisiones acerca del propio cuidado médico o sobre sus planes de vida.

Otro aspecto a considerarse es ¿quién se hará cargo del paciente? Esto dependerá del grado de incompetencia. En la mayoría de los casos el paciente será atendido por su propia familia, un tutor legal o un sustituto que toma las decisiones; estos han de cuidar del bienestar y de los intereses del paciente. Si se necesita hacer una transferencia de autoridad a un sustituto para tomar decisiones, un principio básico que debe garantizar tal transferencia, es que ha de escogerse la alternativa menos restrictiva para el paciente; es decir, aquella que mantenga la máxima autonomía para la persona, a pesar de la pérdida, de su capacidad para funcionar completamente. 

Otras opciones más restrictivas son la reclusión o confinamiento involuntario, y la más restrictiva seria la opción legal que comporta el nombramiento de un tutor. Dicho nombramiento conlleva generalmente, una transferencia total de la autoridad, incluyendo las decisiones acerca del propio cuidado médico, la situación de vida y las finanzas sobre una base de largo plazo. Por tanto, se deberán conocer bien las legislaciones específicas del país, para poder aplicar las distintas opciones de una manera correcta, sin detrimento para el paciente.

En cualquier caso que se ocurra, la mejor decisión es aquella que esta basada en los mejores intereses para el paciente. Esto quiere decir que se hará lo que se considere o se determina como lo mejor para la evolución del paciente. Siempre debe existir un consenso con los familiares para evitar los conflictos.

En los casos que no haya un acuerdo entre el equipo sanitario y los familiares, entonces el problema se puede consultar en el comité del hospital.

martes, 23 de octubre de 2012

Modelo de relación clínica y participación del paciente en la toma de decisiones.


Modelo de relación clínica y participación del paciente en la toma de decisiones.


En el actuar de los trabajadores de la salud se busca la beneficencia del paciente y por esta razón que las terapias propuestas implican el bien de la persona interesada, es decir, del paciente o enfermo.

El paciente debe tener la posibilidad de elegir entre las distintas opciones existentes para el mejoramiento de su salud y también de tiene la capacidad para rechazar el tratamiento propuesto si así lo desea.

Basándose en el principio bioético de la autonomía de las personas, el campo de la medicina a propuesto modelos que enfatizan la importancia de la comprensión no solo de la enfermedad del paciente sino de sus creencias, ideas, temores y expectativa para conseguir la mejor propuesta terapéutica en cada persona.

Uno de ellos es el modelo CICAA.

MODELO CICAA.


  • Las tareas comunicativas básicas para desplegar en una consulta son:
  •  Conectar con el paciente o familia.
  •   Identificar y comprender los problemas de salud del paciente/familia.
  •   Acordar con el paciente/familia el/los problema/s, las decisiones y las acciones.
  •   Ayudar al paciente/familia a entender, elegir actuar.


Para desarrollar  estas tareas es necesario desarrollar una serie de “habilidades estratégicas”.
Por ejemplo: la escucha activa es una habilidad comunicacional que se alcanza integrando “elementos o técnicas”, como son: mantener una baja reactividad, facilitar el discurso del paciente, mantener un contacto visual-facial adecuado, etc. La empatía puede se incluso aún más bien delimitada mediante tres acciones: escuchar lo que dice la otra persona, hacer un esfuerzo mental para darnos cuenta de lo que representa esa experiencia y entonces decirle algo a paciente que le transmita con claridad nuestra comprensión de su experiencia.

El modelo CICAA defina 10 habilidades estratégicas:
1.     
  1. Recibir.
  2. Escuchar.
  3. Empatizar.
  4. Cerrar.
  5. Preguntar.
  6. Integrar la información.
  7. Comprobar.
  8. Negociar.
  9. Informar.
  10. Motivar.


Finalmente, “los elementos comunicativos básicos o técnicas comunicativas” son las conductas comunicativas más simples que conforman muchas de las habilidades estratégicas (sonreír, asentir, no interrumpir, etc).

“Deberías de saber más sobre tu paciente como persona al final de una consulta que al comienzo”.

Evaluar información que tiene el paciente voluntariedad

La evaluación y determinación de la competencia de un paciente es una tarea que entraña una enorme responsabilidad ética y jurídica. Establecer la incompetencia de un paciente es afirmar que, aquí y ahora, no puede ejercer su autonomía moral ni su derecho, legalmente reconocido, al autogobierno personal, esto es, a tomar por sí mismo una determinada decisión y que son otras personas las que deberán tomarla en su lugar. Con ello se inaugura el complejísimo campo de las decisiones de representación o sustitución que comporta importantes problemas éticos y jurídicos.

El fundamento ético más importante de la obligación de valorar la competencia o capacidad de un paciente es el principio de no maleficencia, pues deben evitarse aquellas acciones que puedan generar un daño físico o moral a las personas. Y tan maleficente será permitir al paciente con incapacidad que tome decisiones que pueden producirle daño como impedir al paciente capaz que ejerza su autonomía para decidir. Existe además la obligación de beneficencia de optimar la participación del paciente incompetente en la toma de decisiones por todos los medios posibles, con el objeto de revertir, si es posible, esa situación de incapacidad o de proporcionarle la información que pueda asumir aun teniendo dicha incapacidad natural, a fin de que participe en la decisión en la medida de sus posibilidades.

El respeto por la autonomía de los pacientes constituye hoy una de las piedras angulares de la bioética, así como una aspiración fundamental para la práctica médica. La incorporación en la práctica clínica del consentimiento informado y de las normativas emanadas de los cuerpos legales que protegen los derechos de los pacientes en salud, obligan a plantearse el proceso de evaluación de la capacidad sanitaria para la toma de decisiones en la práctica clínica diaria. El proceso que determina la capacidad de los pacientes para ejercer su autonomía no sólo es complejo sino que variado e inconsistente. Esto puede explicarse por diversos motivos. Uno es que el respeto por la autonomía como obligación ética debe a menudo armonizarse con otros principios que compiten, como prevenir el daño, actuar en función del beneficio de los pacientes y los problemas de asignación de recursos justo.

ELABORADO: Ariadne Cach Pnti
  




Evaluar información que tiene el paciente voluntariedad, capacidad y autenticidad de la decisión


Elementos del consentimiento informado
Para que la decisión sea considerada autónoma debe cumplir las siguientes condiciones:

1) Capacidad: supone comprender y asimilar la información pertinente a la decisión que va a adoptar. Los criterios que muestran la capacidad de una persona son:

Ø  Tener conciencia, le supone asentir (criterio mínimo de capacidad).
Ø   Comprender, le permite elegir (criterio medio de capacidad).
Ø   Capacidad critica, supone decisión racional (criterio máximo de capacidad).
Ø  En definitiva los parámetros que demuestran la capacidad del sujeto son:
Ø   Reconocimiento correcto de la naturaleza de la situación.
Ø  Comprensión real de las cuestiones.
Ø   Manejo racional de la información.
Ø  Capacidad de elegir.

2) Voluntariedad: supone la elección sin impulso externo que obligue. El consentimiento para un determinado procedimiento diagnóstico o terapéutico que no es emitido por un paciente que no actúa de forma voluntaria, no es aceptable ni desde el punto de vista ético ni legal.

Ø  La limitación de la libertad puede presentarse de 3 formas posibles:
Ø  Persuasión, el paciente es sometido a un procedimiento si darle la oportunidad deque efectúe ningún tipo de elección.
Ø  Coacción, se configura cuando la persona está amenazada por otra, de forma explicita o implícita, con consecuencias no deseadas y evitables si accede a sus requerimientos. Será más potente cuánto mayor sea la diferencia que exista entre el poder del coaccionado y el del paciente.
Ø  Manipulación, el médico - por sus conocimientos e influencia psicológica -, se encuentra en una posición respecto al paciente que le permite presentarle la información de tal manera que le empuje a tomar una decisión determinada. Esta conducta, si es deliberada y basada en la distorsión sesgada y fraudulenta de la información, supone una anulación del requisito de voluntariedad.

3) Elemento informativo y consensual: supone que la decisión se adopte tras comprender y ponderar la información recibida, que deberá ser suficiente en cantidad y calidad. Para que el consentimiento se considere aceptable no solo debe ser "libre" sino también "informado", es decir, que tiene que ser emitido tras un proceso de evaluación de una determinada cantidad de información relativa a la decisión a tomar. Desde otro punto de vista, la tergiversación del consentimiento informado como proceso de intercambio y de respeto por las diferencias y la autonomía de las personas opera cuando se lo utiliza para:

Ø  Proveer a la inmunidad moral y judicial;
Ø  Pre construir prueba para atemperar el miedo y generar seguridad frente al “síndrome judicial":
Ø  Cumplimentar engorrosas pautas "administrativas y burocráticas";
Ø   Ejercer coacción a través de la manipulación en un asentimiento forzado y dirigido.

Objetivos y beneficios del consentimiento
En líneas generales, se considera que el consentimiento informado persigue, principalmente, respetar a la persona enferma en sus derechos y su dignidad; y asegurar y garantizar una información adecuada que le permita participar en la toma de decisiones que le afecten.

En forma secundaria, se orienta a respaldar la actuación de los profesionales, haciéndoles compartir el proceso de la toma de decisiones con el paciente y su familia. Por último, se dirige a determinar el campo de actuación dentro del cual puede desenvolverse lícitamente la actuación médica.

Los beneficios que un proceso adecuado de consentimiento informado tiene para el paciente son: desde el punto de vista terapéutico, permitir a los pacientes una mayor aceptación de las medidas terapéuticas. Asimismo, ayuda a promover la autonomía en la toma de decisiones y sirve de base al dialogo sobre el proceso de enfermedad que hace más cálida la relación médico – paciente.


scielo.isciii.es/pdf/edu/v11n2/colaboracion3.pdf




DERECHO DEL PACIENTE A RECHAZAR TRATAMIENTO, FUNDAMENTO
Derecho del paciente a rechazar tratamiento, fundamentoLa negativa del paciente a aceptar un tratamiento enfrenta al médico a un dilema ético y a cuestiones legales que no puede ignorar. Debemos tener presente que todo paciente puede hacerse presente rechazando un tratamiento, sin ser Testigo de Jehová. Piénsese por ejemplo en una madre de cuatro hijos, de 34 años de edad, a la que se le detecta – a tiempo- un tumor maligno en un pecho, y se niega a ser operada; o en un joven pintor al que, a raíz de una gangrena se le deben amputar dos dedos de su mano derecha, y no acepta su amputación, con tal de poder pintar unos meses más.
Ya no basta sólo con saber medicina, se debe también, conocer cómo aplicarla desde el marco legal que está regulado por una serie de leyes y obligaciones que deben irremediablemente cumplirse.
Los pacientes tienen derechos legales y éticos para auto determinar y decidir sobre su corporalidad. Prescribe la obligación de los profesionales que ejerzan la medicina el respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse.
De los principios fundamentos ala dignidad, a la libertad y a la autonomía deriva la posibilidad del paciente a disidir autónomamente todo lo referente a sus derechos personalísimos, así al enfermo competente.
La falta de consentimiento (o rechazo) del paciente, tampoco podrá ser suplido por autorización judicial, por haber una ley que permite al enfermo negar su consentimiento a la asistencia médica
Ante la negativa del paciente a tratarse, cuando su vida o su salud están en peligro, entran en conflicto el objetivo básico de curar al paciente con los valores de libertad, según los cuales debe primar la voluntad del mismo. como medico en general aceptamos que un paciente pueda rechazar el procedimiento al que se lo quiere someter aunque de ello dependiera una mejora en su estado físico; pero nos cuesta aceptar esta nefativa cuando existe verdadero riesgo de vida. Esta dilema constituye la prueba de fuego de la idea de libertad y autodeterminación de la persona, que constituye la base de la doctrina del consentimiento informado





Proceder ante un rechazo de tratamiento

“El rasgo más relevante de nuestra cultura es la creencia de que las personas tienen el derecho y la responsabilidad moral de enfrentarse por sí mismas a las cuestiones fundamentales sobre el significado y valor de sus vidas”.
                                                                                                                                       R. Dworkin

El paciente competente es la única persona con legitimidad moral para convertir la evaluación técnica u objetiva (proporción/desproporción) en subjetiva (ordinario/extraordinario). Ni la familia ni los profesionales pueden hacerlo por él, y sólo serán beneficentes en la medida que respeten las decisiones que salgan de este proceso12,14. El respeto por el paciente y su autonomía exige que corresponda a éste y no a su médico, decidir qué tratamiento debe ser o no aplicado para dar cumplimiento a lo que el paciente estima su propia dignidad y para evitar lo que el enfermo consideraría sufrimiento, aportando su sistema personal de valores y de preferencias de tratamiento y las utiliza para considerar cada opción.
Si el enfermo se niega a aceptar un tratamiento de soporte vital, el médico debe asegurarse de que tal rechazo es válido antes de respetarlo. Para ello procurará investigar si existen signos de pensamiento irracional, una posible depresión reversible con un tratamiento o algún problema físico o síntoma no controlado, y tratar la depresión para mejorar el estado psicológico del paciente y sus condiciones físicas y de comunicación para capacitarlo plenamente para participar en  la toma de decisiones.
el médico deberá respetar su decisión interrumpiendo el tratamiento de soporte vital. Una vez rechazado, el tratamiento de soporte vital no iniciado no debe administrarse y el tratamiento de soporte vital ya iniciado debe retirarse. Durante su interrupción, los médicos tienen que proporcionar cuidados paliativos adecuados para reducir al mínimo el sufrimiento del enfermo. Existen pruebas de que es preferible la rápida reducción de los ajustes de los parámetros del ventilador a la extubación sumaria a pacientes que dependen de aquel y que rechazan el tratamiento de soporte vital.


      Las alternativas sin lesionar la voluntariedad


Hay muchas maneras de no lesionar la voluntad propia del paciente, La transición de la sumisión a la cooperación debe ser motivada por razones particulares: la relación que se establece entre enfermos y profesionales debe transformarse en una relación de asociados basada en intercambios recíprocos.
 El paciente está en todo su derecho al querer rechazar algún tratamiento  ya que también se le pueden dar opciones y explicarle cada método de cada tratamiento  y que él se sienta sin miedo que se le resuelvan todas sus dudas  decirles lo que como medios u enfermeros es mejor para su salud  si dañar su  voluntariedad  explicarle de igual  manera que esos tratamiento a los que el paciente no se quiera someter  le ayudaran a mejorar su calidad de vida en otros caso hasta salvar su  propia vida  .
La interacción o relación  con los pacientes es muy importante ya que el paciente se siente seguro en algunos, momentos y te da la confianza de expresarte el querer o no querer de algún tratamiento   de cómo se siente que le molesta y  eso ayuda mucho a conocer  a fondo al paciente.
En términos simples: algunos facultativos suelen sostener que si el paciente tiene el derecho de plantear una objeción al tratamiento, el médico también tiene el derecho de ‘objetar’ la objeción, por así decirlo, y excusarse de tratarlo con fundamento en su propia conciencia.


domingo, 14 de octubre de 2012

información paciente y familia


 Derecho a la Información Asistencial:

Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma,salvando los supuestos exceptuados por la Ley.Además,toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada.

 La información que, como regla general se proporcionará verbalmente dejando constancia en la Historia Clínica, comprende, como mínimo, la finalidad y la naturaleza de cada intervención,sus riesgos y sus consecuencias. 

La información clínica forma parte de todas las actuaciones asistenciales, será verdadera, se comunicará al paciente de forma comprensible y adecuada a sus necesidades y le ayudará a tomar decisiones de acuerdo con su propia y libre voluntad.

El Médico responsable del paciente le garantiza el cumplimiento de su derecho a la información.
Los profesionales que le atienden durante el proceso asistencial o le apliquen una técnica o procedimiento concreto también son responsables de informarle.

Titular del derecho a la Información Asistencial,establece que:

El titular del derecho a la información es el paciente.También serán informadas las personas vinculadas a él por razones familiares  o de hecho,en la medida que el paciente lo permita de forma expresa o tácita.
 El paciente será informado,incluso en el caso de  incapacidad,de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión,cumpliendo con el deber de informar también a su representante legal. 
Cuando el paciente, según el criterio del Médico que le asista,carezca de capacidad para entender la información a causa de su estado físico o psíquico,la información se pondrá en conocimiento de de las personas vinculadas a él por razones familiares o de hecho.
 El derecho a la información sanitaria de los pacientes puede limitarse por la existencia acreditada de un estado de necesidad terapéutica.Se entenderá por necesidad terapéutica la facultad del Médico para actuar profesionalmente sin informar antes al paciente,cuando por razones objetivas el conocimiento de su propia situación pueda perjudicar su salud de  manera grave.
Llegado éste caso,el Médico dejará constancia razonada de las circunstancias en la Historia Clínica y comunicará su decisión a las personas vinculadas al paciente por razones familiares o de hecho
.
  La Información Epidemiológica,dice que:

Los ciudadanos tienen derecho a conocer los problemas sanitarios de la colectividad cuando impliquen un riesgo para la salud pública o para su salud individual,y el derecho a que ésta información se difunda en términos verdaderos,comprensibles y adecuados para la protección de la salud,de acuerdo con lo establecido por la Ley. Plan de Información del Servicio de Urgencias

Motivos

La información a pacientes y familiares sobre la situación clínica y el proceso asistencial característico del Servicio de Urgencias es básica para la garantía del derecho a la información recogido en la Norma Legal y,también para disminuir la tensión que ocasiona la incertidumbre de una situación clínica que puede ser grave.

La información y el permiso para la visita/acompañamiento de los familiares a los pacientes que permanecen durante periodos a veces prolongados en el Servicio de Urgencias,disminuye la ansiedad del paciente y su familia pero no debe alterar el normal funcionamiento del Servicio y el proceso de atención médica de situaciones urgentes.Por ello y para la garantizar la intimidad del paciente,garantizar a su vez el proceso de información y disminuir tensiones y conflictos;es básico regularizar la visita,acompañamiento y la información clínica.

Objetivos

 Garantizar la información a paciente y familia sobre la situación clínica de aquél.  Que la información clínica sea un proceso dinámico adaptado siempre a las necesidades que surjan durante el proceso asistencial. 

 Organización de la información y la visita de familiares o acompañamiento de pacientes para disminuír el aislamiento de su entorno familiar sin que se altere el funcionamiento básico del Servicio de urgencias.

  Dar a conocer a pacientes y familiares-acompañantes las características de 

funcionamiento del Servicio de Urgencias para evitar tensiones innecesarias.Descripción del Proceso de Información Llegada de Pacientes al Servicio de Urgencias
  Con arreglo a la  Cartera de Servicios y al  Plan Funcional del Servicio de Urgencias,la información a pacientes y familiares comienza a su llegada a Urgencias cuando ,en el momento de aportar sus datos personales al personal administrativo,se le entrega una hoja informativa con las características de la asistencia urgente y como se desarrollará el proceso asistencial durante su estancia en las diferentes Áreas del Servicio de Urgencias. 

Información en la Sala de Triage

Tras una adecuada valoración,el personal de  Enfermería asignado al tirage informará al paciente y/o familiares del lugar donde será asitido,tiempo de espera aproximado y dirigirá al paciente a la Sala de Espera de pacientes y  a familiares a la Sala de Espera de familiares informado que le llamarán por megafonía interna para ser valorado el Área de Consultas.En caso de que la valoración por el Facultativo se vaya a realizar en Observación,llamará a un celador para que acompañe al paciente indicando a los familiares que deben esperar a ser llamados por el Médico para informarles y si el estado del paciente o la asignación de Nivel de Prioridad lo aconsejan,el paciente será trasladado al Área de Críticos.

 La Información Clínica.Primera Información.Contenidos

La información médica debe ser un proceso dinámico y con arreglo a protocolo debiendo el Médico responsable de la asistencia informar a paciente y/o familiares de forma inmediata tras la primera valoración clínica. Los contenidos de la información comprenderán: Un Juicio Clínico que,siempre que sea posible debe incluir una valoración pronostica. Las pruebas complementarias que se practicarán y la necesidad o no de
Consentimiento Informado.

 Tiempo de espera aproximado para la realización y evaluación de las pruebas complementarias y donde se realizarán éstas si lo son en Áreas distintas del Servicio de Urgencias. Si el paciente necesita valoración por Especialistas y donde se realizará ésta.  Si la patología del paciente aconseja su traslado externo a alguno de los Hospital que son de referencia para nuestra Área Sanitaria,cómo y cuando se realizará el traslado,el motivo del mismo y a dónde tienen que dirigirse los familares.

La Información Clinica adicional

Se especificará ,sobre todo a familiares,que  se dará información adicional siempre que se produzca un cambio en la situación clínica (complicación o agravamiento) o cuando se tome una decisión definitiva sobre el paciente : ingreso,alta o permanencia en el Área.

Observación.

Responsable de la Información Clínica.Lugar de la InformaciónLa información correrá a cargo del Facultativo responsable de la asistencia.Siempre que sea posible se realizará en la misma Área de Consultas o de Observación excepto cuando la situación así lo requiera (privacidad o información muy sensible) que se hará en Área de UCE o en el Despacho Médico.

 La Información en la Historia Clínica

El Médico responsable de la asistencia debe reflejar en la Historia Clínica del paciente y de forma bien visible la hora en la que realiza la información y que en su contenido ha incluído todos los detalles necesarios así como a quien se le dio la información : paciente o familares.Debe también reflejar,si fuere el caso,la no asistencia de familiares o acompañantes del paciente cuando fueron requeridos por el Facultativo para informarles y la hora del requerimiento.

Horario de Información Clínica para Pacientes pendientes de ingreso o en Observación

Las características y peculiaridades de la asistencia urgente aconsejan el no establecimiento de un horario rígido de información como ocurre en el Área de Hospitalización pero la propia dinámica asistencial del Servicio de Urgencias también aconseja que la información no lo sea de forma continuada sin pautas a las que pueda acogerse el Facultativo responsable.Por todo ello la Información Clínica debe guiarse en el tiempo por todo lo mencionado en los apartados .

Información y el Proceso de Alta Médica

El Facultativo responsable del paciente una vez explorado y completado el estudio,informará al paciente y familiares de su proceso patológico y cual es su destino.En caso de de que éste sea el alta,entregará  el Informe de Urgencias donde se indicarán las pautas de tratamiento a continuar,siempre bajo la supervisor del Médico de Atención Primaria.Si por alguna circunstancia el paciente,en contra de la opinión del Facultativo,desea abandonar el Área de Urgencias,firmará un documento de  Alta Voluntaria (dos copias,una para el paciente y otra se adjuntará al Informe Clínico del Facultativo;ambos documentos se archivarán en el historial del paciente).En todo caso el paciente tiene derecho a recibir copia del Informe de Alta aún cuando firme al alta voluntaria. Solamente en dos circunstancias el Facultativo  puede negar el alta voluntaria al paciente: cuando exista riesgo para la salud pública o  cuando exista riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica del enfermo. Visitas y Acompañamiento de Pacientes en el Servicio de Urgencias La necesidad de acompañamiento del paciente la determinará el personal de Enfermería del Área de Triage a la llegada del paciente al Hospital pero son los Facultativos los responsables de asignar o no el acompañamiento del paciente en función de las características del paciente o su situación: pacientes con déficit psíquico o físico,moribundos Las visitas como son entendidas en el Área de Hospitalización,no se contemplan en el Servicio de Urgencias salvo por motivos especiales y en todo caso,queda a criterio del Facultativo responsable la evaluación de aquellos y su consentimiento o no.





http://www.a14.san.gva.es/cas/hospital/urgencias/Protocolo%20de%20Informaci%C3%B3n%20a%20Familiares.pdf