PROCESO PARA LA ABTENCION DEL CEONSENTIMIENTO INFORMADO
1. Deberáutilizarse, prioritariamente, un formulario homologo por la Comisión de Consentimiento informado.
2. La formulación se le entrega al paciente con la mayor antelación posible, en ningún caso con menos de 24 horas entes del procedimiento que se vaya a realiza, siempre que no se trate de actividades urgentes. Nunca cuando el paciente este adormecido ni con sus facultades mentales alteradas, ni tampoco cuando se encuentre ya dentro de quirófano o sala donde se practica el acto médico quirúrgico.
3. Se procura que el paciente haga una lectura del formulario y se aclara cuantas dedas puedan surgirle.
4. Es conveniente que el paciente demore su decisión y pueda meditarla tranquilamente en su entorno familiar.
5. Cuando el formulario consta más de una hoja. El paciente deberá firmar, además de en el sitio destinado al efecto, en el lateral de cada una delas hojas que se compone el Consentimiento informado que se entrega.
6. Solo el paciente objeto del procedimiento tiene la competencia de firmar, a excepción de los casos que contempla la ley de Derechos e Información al Paciente de consentimiento por situación y que son los siguientes:
· Cuando el paciente este incapacitado; el cónyuge, pareja de hecho o familiares, teniendo preferencia el familiar de grado más próximo y en su efecto personas más allegadas.
· En el caso de menores de edad o incapacitados legal mente, el derecho corresponde a los padres o representante legal, el cual deberá acreditar de forma clara e equivocaciones, en virtud de la correspondiente sentencia de incapacitación y constitución de tutela, que está legalmente habilitado para tomar decisiones que afecten a la persona menor o incapacitada por la tutela.
· En caso de menores emancipados, el menor deberá dar personalmente su consentimiento.
· Cuando la decisión del represéntate sea contraria a los intereses del menor, deberá ponerse los hechos en conocimiento de la autoridad competente en virtud de lo dispuesto en la legislación civil.
· Si el paciente hubiera designado previamente una persona a efecto de la emisión en su nombre del consentimiento informado, corresponderá a ella la preferencia.
7. El consentimiento informado, una vez firmado por el paciente pasará a ser parte de la Historia Clínica, quedando pues este documento sometido a la confidencialidad del conjunto de la Historia.
8. En caso de renovación el paciente deberá firmar en el apartado destinado a tal efecto, en ese omento queda aplazada y sin posibilidades de realizar la intervención que se ofrecía al paciente en tanto no vuelva a producirse un nuevo acto de Consentimiento Informado.
http://www.san.gva.es/comun/ciud/docs/pdf/00.pdf
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