Elementos
del consentimiento informado
Para que la decisión sea considerada autónoma debe
cumplir las siguientes condiciones:
1)
Capacidad: supone comprender y asimilar la información pertinente a
la decisión que va a adoptar. Los criterios que muestran la capacidad de una
persona son:
Ø Tener
conciencia, le supone asentir (criterio mínimo de capacidad).
Ø Comprender, le permite elegir (criterio medio
de capacidad).
Ø Capacidad critica, supone decisión racional
(criterio máximo de capacidad).
Ø En
definitiva los parámetros que demuestran la capacidad del sujeto son:
Ø Reconocimiento correcto de la naturaleza de la
situación.
Ø Comprensión
real de las cuestiones.
Ø Manejo racional de la información.
Ø Capacidad
de elegir.
2)
Voluntariedad: supone la elección sin impulso externo que
obligue. El consentimiento para un determinado procedimiento diagnóstico o
terapéutico que no es emitido por un paciente que no actúa de forma voluntaria,
no es aceptable ni desde el punto de vista ético ni legal.
Ø La
limitación de la libertad puede presentarse de 3 formas posibles:
Ø Persuasión,
el paciente es sometido a un procedimiento si darle la oportunidad deque
efectúe ningún tipo de elección.
Ø Coacción,
se configura cuando la persona está amenazada por otra, de forma explicita o
implícita, con consecuencias no deseadas y evitables si accede a sus
requerimientos. Será más potente cuánto mayor sea la diferencia que exista
entre el poder del coaccionado y el del paciente.
Ø Manipulación,
el médico - por sus conocimientos e influencia psicológica -, se encuentra en
una posición respecto al paciente que le permite presentarle la información de
tal manera que le empuje a tomar una decisión determinada. Esta conducta, si es
deliberada y basada en la distorsión sesgada y fraudulenta de la información,
supone una anulación del requisito de voluntariedad.
3)
Elemento informativo y consensual: supone que la decisión se
adopte tras comprender y ponderar la información recibida, que deberá ser
suficiente en cantidad y calidad. Para que el consentimiento se considere
aceptable no solo debe ser "libre" sino también
"informado", es decir, que tiene que ser emitido tras un proceso de
evaluación de una determinada cantidad de información relativa a la decisión a
tomar. Desde otro punto de vista, la tergiversación del consentimiento
informado como proceso de intercambio y de respeto por las diferencias y la
autonomía de las personas opera cuando se lo utiliza para:
Ø Proveer
a la inmunidad moral y judicial;
Ø Pre
construir prueba para atemperar el miedo y generar seguridad frente al
“síndrome judicial":
Ø Cumplimentar
engorrosas pautas "administrativas y burocráticas";
Ø Ejercer coacción a través de la manipulación
en un asentimiento forzado y dirigido.
Objetivos
y beneficios del consentimiento
En líneas generales, se considera que el consentimiento
informado persigue, principalmente, respetar a la persona enferma en sus
derechos y su dignidad; y asegurar y garantizar una información adecuada que le
permita participar en la toma de decisiones que le afecten.
En forma secundaria, se orienta a respaldar la actuación
de los profesionales, haciéndoles compartir el proceso de la toma de decisiones
con el paciente y su familia. Por último, se dirige a determinar el campo de
actuación dentro del cual puede desenvolverse lícitamente la actuación médica.
Los beneficios que un proceso adecuado de consentimiento
informado tiene para el paciente son: desde el punto de vista terapéutico,
permitir a los pacientes una mayor aceptación de las medidas terapéuticas.
Asimismo, ayuda a promover la autonomía en la toma de decisiones y sirve de
base al dialogo sobre el proceso de enfermedad que hace más cálida la relación
médico – paciente.
scielo.isciii.es/pdf/edu/v11n2/colaboracion3.pdf
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