DERECHO
DEL PACIENTE A RECHAZAR TRATAMIENTO, FUNDAMENTO
La negativa del paciente a aceptar un tratamiento
enfrenta al médico a un dilema ético y a cuestiones legales que no puede
ignorar. Debemos tener presente que todo paciente puede hacerse presente
rechazando un tratamiento, sin ser Testigo de Jehová. Piénsese por ejemplo en
una madre de cuatro hijos, de 34 años de edad, a la que se le detecta – a
tiempo- un tumor maligno en un pecho, y se niega a ser operada; o en un joven
pintor al que, a raíz de una gangrena se le deben amputar dos dedos de su mano
derecha, y no acepta su amputación, con tal de poder pintar unos meses más.
Ya no basta sólo
con saber medicina, se debe también, conocer cómo aplicarla desde el marco
legal que está regulado por una serie de leyes y obligaciones que deben
irremediablemente cumplirse.
Los pacientes
tienen derechos legales y éticos para auto determinar y decidir sobre su
corporalidad. Prescribe la obligación de los profesionales que ejerzan la
medicina el respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a
tratarse.
De los principios fundamentos
ala dignidad, a la libertad y a la autonomía deriva la posibilidad del paciente
a disidir autónomamente todo lo referente a sus derechos personalísimos, así al
enfermo competente.
La falta de consentimiento (o rechazo) del paciente,
tampoco podrá ser suplido por autorización judicial, por haber una ley que
permite al enfermo negar su consentimiento a la asistencia médica
Ante la negativa del paciente a tratarse,
cuando su vida o su salud están en peligro, entran en conflicto el objetivo
básico de curar al paciente con los valores de libertad, según los cuales debe
primar la voluntad del mismo. como medico en general aceptamos que un paciente
pueda rechazar el procedimiento al que se lo quiere someter aunque de ello
dependiera una mejora en su estado físico; pero nos cuesta aceptar esta
nefativa cuando existe verdadero riesgo de vida. Esta dilema constituye la
prueba de fuego de la idea de libertad y autodeterminación de la persona, que
constituye la base de la doctrina del consentimiento informado
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