martes, 23 de octubre de 2012


DERECHO DEL PACIENTE A RECHAZAR TRATAMIENTO, FUNDAMENTO
Derecho del paciente a rechazar tratamiento, fundamentoLa negativa del paciente a aceptar un tratamiento enfrenta al médico a un dilema ético y a cuestiones legales que no puede ignorar. Debemos tener presente que todo paciente puede hacerse presente rechazando un tratamiento, sin ser Testigo de Jehová. Piénsese por ejemplo en una madre de cuatro hijos, de 34 años de edad, a la que se le detecta – a tiempo- un tumor maligno en un pecho, y se niega a ser operada; o en un joven pintor al que, a raíz de una gangrena se le deben amputar dos dedos de su mano derecha, y no acepta su amputación, con tal de poder pintar unos meses más.
Ya no basta sólo con saber medicina, se debe también, conocer cómo aplicarla desde el marco legal que está regulado por una serie de leyes y obligaciones que deben irremediablemente cumplirse.
Los pacientes tienen derechos legales y éticos para auto determinar y decidir sobre su corporalidad. Prescribe la obligación de los profesionales que ejerzan la medicina el respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse.
De los principios fundamentos ala dignidad, a la libertad y a la autonomía deriva la posibilidad del paciente a disidir autónomamente todo lo referente a sus derechos personalísimos, así al enfermo competente.
La falta de consentimiento (o rechazo) del paciente, tampoco podrá ser suplido por autorización judicial, por haber una ley que permite al enfermo negar su consentimiento a la asistencia médica
Ante la negativa del paciente a tratarse, cuando su vida o su salud están en peligro, entran en conflicto el objetivo básico de curar al paciente con los valores de libertad, según los cuales debe primar la voluntad del mismo. como medico en general aceptamos que un paciente pueda rechazar el procedimiento al que se lo quiere someter aunque de ello dependiera una mejora en su estado físico; pero nos cuesta aceptar esta nefativa cuando existe verdadero riesgo de vida. Esta dilema constituye la prueba de fuego de la idea de libertad y autodeterminación de la persona, que constituye la base de la doctrina del consentimiento informado




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